lunes, 11 de noviembre de 2013

DERECHOS DEL CONSUMIDOR (2º parte): Cómo hacerlos valer

En la columna anterior enunciamos una serie de derechos de los consumidores, dijimos que poca gente los conocía y que menos son los que los hacen valer. Las razones son variadas: falta de conocimiento, poca acción gubernamental, pero probablemente la principal sea la falta de concientización del ciudadano – consumidor acerca del rol protagónico y activo que le cabe en esta tarea. En esta columna daremos algunos consejos prácticos para que pueda hacer valer sus derechos en lugar de resignarse.
    El primer consejo es leer la ley de Defensa del Consumidor, Nº 24.240. Es una ley de contenido accesible para todo el mundo y con una enunciación clara de los derechos. Puede bajarse gratuitamente de Internet en www.infoleg.gov.ar. También en Internet encontrará sitios web de asociaciones de consumidores con guías orientativas. El conocimiento de los derechos del consumidor y obligaciones del proveedor es importante para las dos partes, porque evitará discusiones inútiles, ya que se tendrá un elemento objetivo por el cual guiarse para resolver un conflicto.
  Cuando compre o contrate algún servicio, lea todas las cláusulas, pida copias de los contratos o formularios, y vigile que no queden espacios en blanco. Si su compra fue motivada por un aviso de un diario o folleto repartido en la vía pública, guárdelos. Si lo vió en Internet o recibió una oferta por correo electrónico, imprímalo o guárdelo en el disco de su computadora.
        Si adquiere un producto, nuevo o usado, pida la factura y el certificado de garantía. Si por alguna razón no le pueden extender una factura, y el valor del elemento es de cierta importancia (ej: un automóvil usado o un implemento agrícola) redacte un contrato.
    Si lleva a reparar algo (desde un radiograbador hasta un auto) cuando deje el producto exija un presupuesto con los datos del proveedor, del producto, tareas a realizar, precio, plazo y garantía.
    Es muy importante pedir y guardar los comprobantes de todas las operaciones que realiza. Muchas veces el problema para hacer valer los derechos es la falta de “prueba”, que pueda ser presentada para reclamar.
    Si tiene algún problema con el producto o servicio adquirido, primero debe realizar el reclamo en la empresa o comercio. Si no se lo solucionan al momento, presente un pedido por escrito, en dos ejemplares, uno de los cuales deberá ser entregado al proveedor y el otro quedará en su poder con constancia de recepción firmada y fechada por aquél. Si realiza un reclamo telefónico, anote el nombre de la persona que lo atendió, el día y el horario y el Nº de reclamo (si no se lo dan, exíjalo).
    Es importante tener en cuenta que, dependiendo el caso, pueden ser responsables por el cumplimiento de las normas de defensa del consumidor todas las personas o empresas que intervienen en la cadena de producción y comercialización. Por ejemplo: si compré una licuadora que al usarla explotó y me lastimó un brazo, puedo demandar al comerció que me lo vendió y también al fabricante o al importador.
    Para el caso de que no tenga éxito en el reclamo al “proveedor”, existen organismos gubernamentales y asociaciones civiles encargados de atender los reclamos y defender a los consumidores.
    En nuestra región, lo más efectivo es recurrir a la Subsecretaría de Defensa del Consumidor del Gobierno de la Provincia de Córdoba, que se encuentra en el Centro Cívico de la Ciudad de Río Cuarto. Allí puede recurrir cualquier consumidor a  plantear su reclamo de forma gratuita, debiendo presentar el mismo por escrito, explicando detalladamente la situación y acompañando la documentación correspondiente. Normalmente se cita a una audiencia de conciliación entre las partes para llegar a un acuerdo. La Subsecretaría también puede, si considerara demostrado que el “proveedor” cometió alguna infracción de las previstas en la ley, sancionarlo con multa. Si la queja o reclamo está relacionada con un servicio público (luz, gas, agua telefonía, transporte, etc) existen también organismos gubernamentales encargados de controlar a los prestadores de los servicios.
    Los reclamos realizados en estos organismos suelen ser efectivos, más allá de la importancia económica de la operación en particular, puesto que los “proveedores” intentan arreglar para evitar multas u otras sanciones.
     Si no logra satisfacer su reclamo por las vías mencionadas, siempre tendrá la opción de hacer valer sus derechos judicialmente mediante un abogado.
      Como dijimos al principio, el efectivo cumplimiento de los derechos del consumidor,  exige una ciudadanía activa y responsable, y ello no se logra protestando sentado en una silla, sino informándonos de nuestros derechos y realizando las acciones necesarias para que se respeten.

   Hasta la próxima!!!

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